Sociedad de Responsabilidad Limitada
Es la compuesta por varios socios que sólo están
obligados al pago de sus aportaciones. Por las obligaciones sociales
responde únicamente el patrimonio de la sociedad, y en su
caso, la suma que a más de las aportaciones convenga la escritura
social. Código de Comercio artículos 10 y 78.
El capital estará dividido en aportaciones que no podrán
incorporarse a títulos de ninguna naturaleza ni denominarse
acciones.
Número de los socios.
El número de los socios no podrá exceder de veinte. (Art. 79)
Razón o denominación social.
La sociedad girará bajo una denominación o bajo una razón
social. La denominación se formará libremente, pero siempre hará referencia a la actividad
social principal. La razón social se formará con el nombre completo de uno de los socios
o con el apellido de dos o más de ellos. En ambos casos es obligatorio agregar la palabra
Limitada o la leyenda: y Compañía Limitada, las que podrán abreviarse: Ltda. o Cía. Ltda.,
respectivamente. Si se omiten esas palabras o leyendas, los socios responderán de modo subsidiario, ilimitada
y solidariamente, de las obligaciones sociales. (Art. 80).
4.
En su constitución deberán observarse los artículos
14 a 58, 78 a 85 del Código de Comercio, y 29 a 32 del Código
de Notariado.
Un Profesional del Derecho (Asesor Legal –Abogado) debidamente
colegiado deberá inicialmente:
- Elaborar la escritura de la sociedad; registrarla en su protocolo
y posteriormente llevarla al Registro Mercantil para iniciar los
trámites respectivos
- Para nombrar al Representante Legal y/o Gerente General, el
abogado deberá solicitarles su Cedula de Vecindad y Número
de Identificación Tributaria (NIT) a las personas que han
sido electas para estos cargos.
- Elaborar acta de nombramiento de Representante Legal y Gerente
General, (puede ser la misma persona quien represente a la empresa)
y llevar la misma a registrar en el Registro Mercantil (Ver continuidad
de procedimientos a seguir en las áreas específicas
de REGISTRO MERCANTIL, SAT, IGSS y otras necesarias).
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