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Comerciante Individual

Son comerciantes individuales quienes ejercen en nombre propio y con fines de lucro, cualesquiera actividades que se refieren a la siguiente tipificación, siempre y cuando su capital no exceda a Q5,000.00.  Código de Comercio, título preliminar, artículo No. 2
Se tipifican dentro de esta categoría:

  1. La industria dirigida a la producción o transformación de bienes y a la prestación de servicios.
  2. La intermediación en la circulación de bienes y a la prestación de servicios.
  3. La banca, seguros y fianzas.
  4. Las auxiliares de las anteriores.
Tips *
Note que inscribirse como comerciante Individual no implica inscribir una empresa. El comerciante, como persona individual puede ejercer actividades comerciales, mas no ha registrado a la Empresa como tal. Para su inscripción el Registro Mercantil requiere un mínimo de capital de Q.2000.00 y llenar los requisitos.

* (Guía para Formar un negocio en Guatemala 2007) Ministerio de Economía

Trámites Registro mercantil

Trámites en SAT

Trámites IGSS

 

Información consolidada e integrada por Asesoría Técnica Profesional a solicitud de la Red Caja de Herramientas de Gestión Empresarial de Guatemala www.Infomipyme.com con auspicio de la Cámara de Industria de Guatemala - CIG, Ministerio de Economía , Instituto Técnico de Capacitación y Productividad - INTECAP y el Programa Promoción de la Microempresa, Pequeña y Mediana Empresa - PROMOCAP de la Cooperación Técnica Alemana GTZ.
Guatemala, Diciembre 2007.
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