Inscripción General al IGSS
El documento requerido en Inscripciones Patronales de cualquier naturaleza o tipo de organización es la constancia extendida por un Perito Contador, en la citada constancia debe de indicarse lo siguiente:
- Fecha (día-mes-año), en que se ocupó el mínimo de trabajadores o más que obliga al patrono a inscribirse.
- Total de Trabajadores con los cuales se dio la obligación en la fecha señalada.
- Monto devengado en salarios por el total de trabajadores indicados, en el período base de la inscripción.
Formulario a utilizar para inscripción patronal:
El formulario que se deberá de utilizar es el FORM. DRPT- 001. Este debe ser llenado a máquina por la parte patronal. El cual consta de original y tres copias.
Dicho formulario es entregado en la ventanilla de recepción de documentos.
Trámite para obtener formularios de Certificados de Trabajo:
- Las empresas del departamento de Guatemala Gestionarán los formularios en la división de Recaudación del Departamento Patronal (2do. Nivel de las oficinas centrales 7ª. Avenida 22-72, zona 1).
- Empresas ubicadas en los departamentos del interior del país, podrán obtener los formularios en las Delegaciones o Cajas departamentales de su jurisdicción.
Es requisito al obtener los formularios de Certificados de Trabajo, llenar una Tarjeta de Registro de Firmas y una solicitud, dichos documentos serán entregados en la oficina correspondiente, dependiendo la ubicación de la empresa.
La tarjeta de Registro de Firmas contiene la información siguiente:
- Número patronal: Es el número asignado cuando se inscribe en el Régimen de Seguridad Social.
- Nombre del Patrono: Nombre de la persona o personas propietarias si es Empresa Individual.
- Nombre de la razón social si se refiere a Empresa Colectiva (persona jurídica), o bien el nombre de la dependencia si es empresa estatal.
- Nombre de la Empresa: Se anotará el nombre comercial o el de la dependencia del estado de que se trate.
- Centro de trabajo: Este espacio es para las agencias o sucursales ubicadas en otro sector de donde se encuentre ubicada la casa Matriz.
- Dirección: Ubicación, nomenclatura y zona donde se localiza la empresa.
- Firma o Firmas Registradas: En el primer renglón el número de Orden y Registro de la cédula de vecindad, nombres y apellidos completos y firma del patrono si es Empresa Individual.
- Nombre del representante legal cuando se trate de persona jurídica colectiva o del jefe o director de la empresa, institución o dependencia del estado, según sea el caso.
En los renglones siguientes: Registrar los datos y firmas de las personas autorizadas para extender Certificados de Trabajo. Si se necesita sustituir firmas registradas deberá de llenarse nueva (s) ficha(s).
La Representación Legal deberá de demostrarse adjunto a la Tarjeta de Registro de firmas. Adjuntando una fotocopia simple del documento vigente que lo acredite como tal. Deben firmar los Certificados de Trabajo, únicamente las personas que tengan registrada su FIRMA.
Se deberá estampar en la tarjeta de registro de firmas y en la solicitud, él o los sellos utilizados en la identificación de la empresa, teniendo el cuidado de no tachar los nombres y formas registradas, (deben ser visibles).
Si cambia sellos es obligatorio dar aviso al Instituto de Seguridad Social y presentarlos para su registro.
Los certificados de trabajo deben solicitarse en el formulario respectivo, firmado por el patrono, si es Empresa Individual.
Si es persona jurídica (empresa mercantil) es el Representante Legal el que deberá firmar el formulario.
En el caso específico de empresas estatales, es el director de la dependencia del Estado, el que deberá de firmar el formulario de solicitud de los Certificados de Trabajo, anotando nombre y apellidos completos, no se aceptan abreviaturas ni iniciales en estos documentos.
Si se diere el caso que el patrono extiende un Certificado de Trabajo, sin estar al día en el pago de las contribuciones, este podrá ser objeto de medidas legales, ante los tribunales respectivos.
Los Certificados de trabajo, se entregarán únicamente a la persona designada para recibir los mismos, previa identificación con su Cédula de Vecindad (único documento legal autorizado) NO se aceptará ningún otro documento de identificación.
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