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Instituciones de Gobierno Relacionadas con el Registro Mercantil

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

De conformidad con el Artículo 360 del Código de Comercio, son aplicables al Registro Mercantil, en lo conducente, las disposiciones del Código Civil en lo relativo al Registro de la Propiedad. Asimismo, las operaciones del Registro Mercantil se encuentran bastante relacionadas con el Registro de la Propiedad, ya que cuando se crea una sociedad mercantil a la que se aportan bienes inmuebles o muebles identificables, ésta debe contar, tanto con la inscripción del Registro Mercantil, como con la inscripción del Registro de la Propiedad, Art. 1129 del Código Civil. En ese caso, se solicita al Registro Mercantil la inscripción de la sociedad, y si ha cumplido con los requisitos de ley, se inscribe provisionalmente y se establece la obligación de que antes de inscribir definitivamente la sociedad, se deberán inscribir los bienes inmuebles y los bienes muebles identificables en el Registro de la Propiedad. Por su parte, el Registro de la Propiedad, antes de inscribir la traslación de dominio a favor de la sociedad, requiere al solicitante que antes haya inscrito provisionalmente la sociedad en el Registro Mercantil. APORTACION DE LA NUDA PROPIEDAD Y/O USUFRUCTO DE BIENES A FAVOR DE SOCIEDADES MERCANTILES. Con fundamento en el artículo 27 del Código de Comercio, se admitirán para su inscripción los títulos que contengan aportación de derechos de nuda propiedad y/o usufructo a favor de sociedades mercantiles, siempre que conste la justipreciación y aceptación por los socios o accionistas.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

El Registro de la Propiedad Industrial, regido por el Convenio Centroamericano para la protección de la Propiedad Industrial, se relaciona con el Registro Mercantil en lo referente a los nombres comerciales, Art. 26 del Código Civil.
La exclusividad del nombre comercial de los establecimientos es protegida por el Registro de la Propiedad Industrial. Por tal razón cuando se dan oposiciones en contra de la inscripción provisional de una sociedad mercantil, basándose en la existencia de un nombre comercial registrado con anterioridad en el Registro de la Propiedad Industrial, el Registro Mercantil deberá resolver con base en las constancias que aquél proporcione al respecto.

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT

Esta dependencia se relaciona con las operaciones del Registro Mercantil, especialmente en lo referente a la obtención del Número de Identificación Tributaria (NIT) de las personas individuales o jurídicas que se inscriben en este Registro.

SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y JUNTA MONETARIA

Ambas instituciones se encuentran relacionadas con el Registro Mercantil, ya que, en varios casos, el Registro Mercantil debe solicitar que previamente a la constitución o aumento de capital de bancos, sociedades financieras, aseguradoras, afianzadoras, almacenadoras generales de depósito, etcétera, se emita una resolución favorable por parte de la Junta Monetaria.

En estos casos, la escritura de constitución o de modificación debe contener la trascripción de la Resolución.

REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES Y MERCANCIAS

El Registro de Mercado de Valores y Mercancías, regulado por el Decreto 34-96, está relacionado con el Registro Mercantil, especialmente en lo que se refiere a las Bolsas de Comercio, ya que para que éstas puedan ser inscritas como Sociedades Anónimas en el Registro Mercantil, deben contar con una resolución previa en la que el Registro del Mercado de Valores y Mercancías haya autorizado la constitución de la Bolsa de Comercio y apruebe el proyecto de la Escritura Social.

ORGANOS JURISDICCIONALES

Los órganos jurisdiccionales están relacionados con el Registro Mercantil, ya que de los mismos se reciben despachos judiciales que ordenan la suspensión o la cancelación de inscripciones provisionales o definitivas, o la anotación de medidas precautorias.

Asimismo, se relacionan, ya que conforme al Artículo 345 del Código de Comercio pueden darse las inscripciones por orden judicial, y de acuerdo con el Artículo 350 del mismo código, salvo en lo relativo a las oposiciones por denominación o razón social o nombre comercial, las oposiciones a inscripciones de sociedades mercantiles deberán ventilarse por el procedimiento de los incidentes, ante un juez de primera instancia del domicilio de la entidad contra cuya inscripción se formula la oposición.

Principales Instituciones Relacionadas con el proceso de Inscripción de empresas

REGISTRO MERCANTIL
7ª. AVE 7-61 Y 7-63, ZONA 4 NIVEL 2
TELEFONOS 3310119 – 3327668 – 3317692
www.registromercantil.gob.gt

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SAT
OFICINAS CENTRALES
7ª. AVE. 3-73, ZONA 9, EDIFICIO TORRE SAT
PBX 3627070 – 3627111
OFICINA TRIBUTARIA GUATEMALA
EDIFICIO DE FINANZAS PUBLICAS
TELEFONOS 2536459 – 2536466 – 2536468 – 2536469
consultas_tributarias@sat.gob.gt
www.sat.gob.gt


INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL IGSS
7ª. AVE. 22-72, ZONA 1
PLANTA 2326001 – 2380433
DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE PATRONOS Y TRABAJADORES
TELEFONO 251 8065
www.igss.gob.gt

INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES
7ª. AVE. 12-90, ZONA 13
TEL. 4720812 – 4720814
www.inab.gob.gt
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION – MAGA -
www.infoagro.com

INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO INGUAT
7ª. AVE. 1.17, ZONA 4, CENTRO CÍVICO
TEL. 3311333 – 3311339
www.inguat.gob.gt

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Ultima actualización Guatemala, Enero 2007
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