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Importación
Indice
Introducción al proceso
El Comercio Exterior es el intercambio de bienes, servicios y capitales
entre diferentes países. Cuando un país necesita ingresar
productos se produce la importación, la que es definida como
"la introducción legal de mercancía extranjera
para su uso o consumo del país".
A pesar de las ventajas del libre intercambio de mercancías,
es importante considerar algunos aspectos que implican limitar la
entrada de productos extranjeros, lo que se conoce como medidas
proteccionistas representadas en los aranceles aduaneros de importación.
La aplicación de estos aranceles es gravitante en la economía
de un país, permiten, por ejemplo, obtener recursos fiscales
y limitar las importaciones para proteger a la industria nacional.
Guatemala, en su relación de Comercio Exterior, depende
principalmente de Estados Unidos, México, Japón y
El Salvador, aunque no menos importante es la negociación
que se realiza con otros países del Globo.
IMPORTACIONES REALIZADAS (CIF) CLASIFICADAS
POR PAIS DE ORIGEN
1998 – 2002 *
(miles de US$)
| PAIS |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
| Alemania |
96,303.20 |
88,841.50 |
91,327.90 |
147,835.10 |
156,849.20 |
| Argentina |
38,688.10 |
17,691.90 |
21,631.80 |
50,301.40 |
43,404.50 |
| Austria |
2,610.90 |
3,034.40 |
2,276.30 |
9,803.60 |
9,938.90 |
| Bélgica |
19,943.10 |
14,804.80 |
15,944.20 |
23,543.30 |
28,849.20 |
| Brasil |
37,986.10 |
41,659.10 |
48,107.10 |
78,150.90 |
112,359.50 |
| Canadá |
33,999.20 |
70,726.30 |
74,723.70 |
132,934.10 |
110,916.20 |
| Chile |
12,818.90 |
15,616.50 |
16,682.10 |
39,780.80 |
65,986.50 |
| Taiwan |
46,691.60 |
49,888.30 |
35,764.80 |
54,125.50 |
|
| Colombia |
31,627.90 |
34,493.00 |
46,233.20 |
90,567.10 |
96,231.10 |
| Corea del Sur |
38,424.60 |
25,783.00 |
42,797.90 |
68,921.20 |
70,420.70 |
| Curazao, Antillas Neerlandesas (Países Bajos) |
64,280.80 |
28,801.00 |
67,578.90 |
39,266.60 |
18,253.00 |
| Dinamarca |
5,.543.6 |
4,476.70 |
5,370.40 |
7,486.60 |
12,569.00 |
| España |
37,441.10 |
47,270.40 |
52,032.80 |
77,103.20 |
95,878.20 |
| EE.UU. |
1,406,759.90 |
1,256,682.90 |
1,459.223.8 |
1,807,487.50 |
1,992,235.10 |
| Ecuador |
14,349.00 |
12,650.00 |
7,988.40 |
34,798.80 |
52,595.70 |
| Francia |
22,451.00 |
16,960.90 |
22,796.70 |
33234.5 |
39,976.10 |
| Holanda |
31,054.70 |
17,844.80 |
13,446.30 |
14,929.00 |
|
| Hong Kong |
16,431.70 |
14,757.40 |
7,102.40 |
23,059.80 |
24,481.60 |
| Israel |
5,625.00 |
6,563.50 |
6,523.30 |
15,257.40 |
17,296.90 |
| Irlanda |
7,335.30 |
3,061.00 |
6,165.30 |
7,530.30 |
5,085.60 |
| Italia |
33,316.30 |
35,394.40 |
42,468.80 |
52,197.90 |
17,296.90 |
| Japón |
143,920.10 |
137,402.30 |
118,895.00 |
262,407.10 |
307,697.30 |
| Malasia |
958.8 |
777.6 |
3,245.70 |
8,984.10 |
14,011.50 |
| México |
361,301.90 |
322,244.00 |
405,708.40 |
551,230.50 |
542.668.9 |
| Noruega |
3,736.90 |
6,185.90 |
2,601.10 |
3,143.10 |
7,228.30 |
| Polonia |
2,700.60 |
2,769.10 |
974.4 |
2,881.40 |
3,743.80 |
| Panamá |
113,314.30 |
99,248.20 |
117,050.70 |
62,295.60 |
75,222.00 |
| Puerto Rico (Estados Unidos de América) |
23,975.10 |
35,645.40 |
4,449.10 |
4,826.70 |
3,675.50 |
| Reino Unido |
39.108.1 |
26,796.10 |
29,654.00 |
36,675.00 |
48,766.20 |
| Suecia |
10,152.40 |
35,032.10 |
24,849.30 |
21,257.60 |
27,275.40 |
| Sudáfrica |
1,371.50 |
1,002.10 |
2,094.60 |
1,384.90 |
2,471.00 |
| Suiza |
16,188.20 |
15,081.00 |
15,233.40 |
48,577.90 |
45,986.00 |
| Trinidad y Tobago |
4,708.10 |
37,421.00 |
21,476.60 |
13,736.90 |
7,711.70 |
| Venezuela |
123,089.20 |
142,040.30 |
155,727.80 |
261,274.40 |
209,331.80 |
| Otros |
123,052.20 |
103,622.50 |
134,364.80 |
369,880.00 |
561,040.80 |
| CENTRO AMERICA |
| Costa Rica |
117,338.20 |
99,845.20 |
142,266.20 |
213,627.30 |
197,883.70 |
| El Salvador |
222,676.20 |
186,282.20 |
231,753.60 |
349,550.90 |
307,924.90 |
| Honduras |
70,835.20 |
55,500.60 |
63,076.80 |
119,603.40 |
78,147.80 |
| Nicaragua |
11,070.80 |
5,320.90 |
10,439.50 |
27,453.40 |
20,232.10 |
| TOTALES |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
| RESTO DEL MUNDO |
2,471,259.40 |
2,777,269.80 |
3,122.510.9 |
4,456,869.80 |
4,966,815.30 |
| CENTROAMÉRICA |
421,920.40 |
346,949.30 |
447,536.10 |
710,235.00 |
604,199.50 |
| TOTAL |
3,393,179.80 |
3,119,219.10 |
3,570.047.0 |
5,167,104.80 |
5,571,014.80 |
Cifras a Noviembre 2002
Fuente: http://www.camaradecomercio.org.gt/negocios/importasionesporpaisdeorigen.asp
Toda persona individual o jurídica que desee importar productos
a Guatemala, debe llenar una serie de requisitos y procedimientos
para la importación de la mercadería, siendo la Intendencia
de Aduanas de la Superintendencia de Administración Tributaria
(SAT), la principal institución directamente responsable
del control de las importaciones, la que establece los procedimientos
a seguir, con base al cumplimiento de la legislación fiscal
establecida y el cumplimiento de los tratados comerciales vigentes.
Esta herramienta presenta y describe el conjunto de procedimientos
que se llevan a cabo en el proceso de Importación, elaborado
con el fin de:
- Dar a conocer en forma racionalizada las acciones que se aplican
en todo proceso de Importación.
- Orientar a los empresarios en el procedimiento de importación,
para facilitar su conocimiento y aplicación.
- Proporcionar la guía para hacer vínculo con las
diferentes instancias públicas y privadas que intervienen
en el proceso de importación.
 
1. Compra de insumos en el extranjero
En promedio, los bienes y servicios que se adquieren representan
entre un 50 y un 60% de la facturación de una empresa. Una
buena administración de los gastos de adquisición
de compras y suministros permite aumentar la competitividad, ya
que contribuye a reducir los costos, aumentar la calidad y responder
con mayor rapidez a los cambios del mercado y a las mejores tecnológicas.
Para lograr esto, debe atenderse lo siguiente:
- Evaluar cuidadosamente los requisitos que deben cumplirse al
importar los productos, es decir, cubrir el pago a tiempo, llenar
la documentación adecuada para el ingreso de los mismos
al país, el tiempo tránsito de las mercancías,
etc.
- Analizar los factores de riesgo y costo de la importación.
- Examinar los mercados de suministros internacionales y aprovechar
las mejores ofertas.
- Definir el tipo de relación de negocios que se debe establecer
con sus proveedores para satisfacer los objetivos de la oferta.
- Cerciorarse de que los artículos comprados se almacenan
de forma eficiente y segura, que el inventario esté bien
hecho y que los artículos estén disponibles a bajo
costo cuando se requieran.
 
2. Negociación entre proveedor
extranjero e importador nacional
Previo a que se inicie una transacción de importación,
es recomendable obtener información del mercado de origen
del producto y de los potenciales proveedores:
- Países productores
- Países comercializadores
- Precios, variedades, calidad, etc.
Cuando se evalúa al potencial proveedor, es importante comprobar
la existencia de Acuerdos Comerciales suscritos por Guatemala y
otros países que den la posibilidad de aprovechar incentivos
arancelarios para ese producto.
A continuación encontrará una links que lo transportarán
a una serie de documentos relacionados con los acuerdos establecidos
para las relaciones de intercambio internacional.
 
3. Póliza de importación
La póliza de importación es el documento que legaliza
el ingreso de las mercaderías al país. Actualmente
se maneja mayormente la Póliza Electrónica (aunque
también es aceptada la póliza manual).
La póliza de importación debe ser extendida y firmada
por el tramitador de aduanas. El trámite efectuado mediante
el uso de la póliza electrónica lógicamente
va a ser en menor tiempo. Es importante que el importador conozca
si su agente de aduanas trabaja con la póliza electrónica
o la tradicional.
El importador debe habilitar un archivo donde lleve el control
de todas sus pólizas de importación ya que éstas
le pueden ser de gran utilidad en caso necesite enviar mercadería
a su proveedor (reparación, cambio, etc.) o bien si los representantes
de la SAT visitan la empresa para realizar una auditoria. Es importante
mantener las pólizas en buen estado y al alcance para cualquier
eventualidad.
 
4. INCOTERMS
Al hacer contacto con todo proveedor en el extranjero, se solicita
cotización (factura pro forma o carta oferta), que contenga
las condiciones de la venta: Precio y características de
las mercaderías (variedad, modelo, calidad), según
Cláusula de Compraventa. Estas cláusulas se establecen
bajo los términos internacionales de comercio INCOTERMS establecidas
en todo contrato de compraventa internacional.
Los términos comúnmente utilizados son los siguientes:
- En-Fábrica - EXW: Este término indica que el
comprador debe asumir todos los costes y riesgos que incluye recibir
las mercaderías en la fábrica del vendedor que son:
- Pagar precio del producto según lo previsto en el
contrato.
- Obtención de Licencias, autorizaciones y formalidades.
- Carga y descarga del medio de transporte.
- Flete, desde la recepción de las mercancías.
- Seguro, es decir todos los riesgos de pérdida o daño
de las mercancías desde el momento de su recepción.
- Obtener; Licencias, autorizaciones y Formalidades oficiales
o aduaneras
- Pagar los gastos y cargas contraídas para obtener
documentos o mensajes electrónicos.
- Dar aviso de recepción de las mercaderías
- Gastos de derecho. Impuestos y demás cargas, así
también trámites aduaneros pagaderos por la
importación de las mercancías y por su tránsito
por cualquier país.
- Franco Transportista - FCA: Este término nos indica que
el vendedor entrega las mercancías a un transportista propuesto
por el comprador desde ese momento el comprador asume:
- Pagar precio del producto según lo previsto en el
contrato.
- Contrato de transporte internacional
- Seguro Mercancías desde el momento que, la recibe
el transportista
- Pagar los gastos y cargas contraídas para obtener
documentos o mensajes electrónicos.
- Obtener; Licencias, autorizaciones y Formalidades oficiales
u aduaneras
- Gastos de derecho. Impuestos y demás cargas, así
también trámites aduaneros pagaderos por la
importación de las mercancías y por su tránsito
por cualquier país.
- Franco al costado del Buque - FAS: Este término puede
usarse únicamente para el transporte por mar o por vías
de navegación interior. Significa que la mercadería
es recibida por el comprador al costado del barco por lo tanto
el comprador desde ese momento asume:
- Carga y descarga del buque.
- Seguro y flete hasta su destino
- Obtener; Licencias, autorizaciones y Formalidades oficiales
u aduaneras
- Gastos de derecho. Impuestos y demás cargas, así
también trámites aduaneros pagaderos por la
importación de las mercancías y por su tránsito
por cualquier país.
- FOB: Franco a Bordo significa que el comprador esta obligado
a asumir:
- Todos los gastos relativos a las mercancías desde
el momento en que hayan sobrepasado la borda del buque.
- Flete y seguro hasta su destino
- Descarga en el lugar de destino
- Obtener; Licencias, autorizaciones y Formalidades oficiales
u aduaneras
- Gastos de derecho. Impuestos y demás cargas, así
también trámites aduaneros pagaderos por la
importación de las mercancías y por su tránsito
por cualquier país.
- C&F (o CFR): Coste y flete significa que el vendedor entrega
las mercancías cuando sobrepasan la borda del buque, y
el vendedor debe asumir el costo y flete hasta el puerto de destino,
pero el comprador asume:
- Seguro para la mercancía desde que son puestas a
bordo.
- Gastos de cargas mientras la mercancía esta en tránsito
hasta su destino.
- Descarga en el puerto (lugar) de destino.
- Gastos de derecho. Impuestos y demás cargas, así
también trámites aduaneros pagaderos por la
importación de las mercancías y por su tránsito
por cualquier país.
- CIF: Coste, Seguro y Flete significa que el vendedor entrega
cuando las mercancías sobrepasan la borda del buque en
el puerto de embarque convenido hasta el puerto de destino, Pero
el riesgo de pérdida o daño después de entregadas
las mercaderías debe asumirlo el comprador (Importador).
- Gastos de derecho. Impuestos y demás cargas, así
también trámites aduaneros pagaderos por la
importación de las mercancías y por su tránsito
por cualquier país.
- Este término es utilizado sólo para el transporte
por mar o vías navegables interiores, si las partes
no desean entregar las mercancías a través de
la borda del buque, debe usarse el término CIP ( Transporte
y Seguros pagados hasta). Significa que el vendedor entrega
las mercancías al transportista designado por él;
aunque, debe pagar los costes del transporte necesario para
llevar las mercancías al destino convenido.
 
5. Proceso de embarque, contratación
de flete y seguro
1) ETAPA DE EMBARQUE
El exportador extranjero (proveedor) revisa la forma de pago convenida,
toda vez esté de acuerdo, embarca las mercaderías
según lo estipulado; En esta etapa el exportador extranjero
(proveedor) confirma el medio de transporte internacional que lleva
las mercaderías, fecha de salida, número de vuelo,
nombre del barco, tiempo de demora del viaje y fecha estimada de
arribo.
El importador coordina con el Agente de Aduanas la recepción
de las mercaderías en puerto de llegada e internación.
2) ETAPA DE NEGOCIACIÓN
El exportador extranjero (proveedor) negocia ante su Banco comercial
el pago convenido, presentando documentos oficiales que acrediten
el embarque de las mercancías (factura, conocimiento de embarque
o documento que haga sus veces, póliza de seguro, etc.)
El banco comercial extranjero revisa los documentos y paga al exportador
en el período establecido. Estos documentos son enviados
al Banco emisor de la carta de crédito, cobranza u otro forma
de pago.
El conocimiento de embarque, documento que tiene un título
de dominio sobre la mercancía, deberá venir consignado
a nombre del Banco emisor, el cual le servirá de respaldo
en esta operación. Posteriormente, dicho documento deberá
ser endosado por el Banco a nombre del importador nacional trasladando
así el dominio de las mercaderías.
3) RECEPCIÓN DE LAS MERCANCÍAS
Una vez recibida la mercancía en la aduana de ingreso, el
Agente de Aduanas procederá, en coordinación con el
importador, a realizar el pago correspondiente a los impuestos y
demás gravámenes. El importador recibirá del
Banco Comercial los documentos que servirán de base al Agente
de Aduanas para realizar la declaración aduanera, formalizada
mediante el documento denominado "Declaración de Aduana”.
Los documentos en referencia son los siguientes:
- Conocimiento de Embarque (endosado por el Banco guatemalteco)
- Factura comercial y nota de gastos
- Certificado de Seguro indicando monto de la prima (sí
hubiere seguro)
- Certificado de Origen y certificado fitosanitario si proceden
- Lista de Empaque
- Mandato especial (otorgado por el importador al Agente de Aduana)
4) RETIRO DE LAS MERCANCÍAS Y PAGO AL EXTERIOR
Posterior a realizar el pago de los gravámenes aduaneros
y el pago de las tasas de almacenaje, movilización y cualquier
otro recargo cuando corresponda, la Intendencia de Aduanas procede
a otorgar Declaraciones de Ingreso de las mercancías para
su examen físico o documental, debiendo obtener la visa respectiva
ante la Agencia de la Intendencia de Aduana correspondiente.
Efectuado dicho trámite dentro de las 48 horas (máximo)
se procede a legalizar el documento, el agente de aduanas notifica
al importador para que efectúe el pago de los gravámenes
que se determinen en dólares de los Estados Unidos de América,
convertidos a moneda nacional al tipo de cambio fijado por el Banco
de Guatemala. Dicho pago puede realizarse en las empresas bancarias
que están autorizados para tal efecto. Ver Listado de agencias
bancarias autorizadas.
¿Qué bancos brindan el servicio de BancaSAT? ¿Cómo
encuentro el banco en Internet?
En el siguiente link de acceso se encuentra listado de los bancos
que cuentan con BancaSAT, los que indican que cuentan con BancaSAT
5 son los que le pueden brindar el servicio de inscripción
al Registro de Importadores.
http://www.sat.gob.gt/pls/publico/portal.documentos?codigo=34
Posteriormente, el Agente de Aduanas hace entrega de las mercancías
al importador con la factura comercial por el costo de la operación
acompañada de los documentos aduaneros que constatan que
las mercancías se encuentran desaduanadas y los derechos
de aduana cancelados.
Una gran mayoría de empresarios importadores, tienen como
estrategia hacer uso de las bodegas fiscales, como medio de almacenaje
y retiro parcial de mercadería. En tal sentido, de manera
programada retira la mercadería de estas bodegas, efectuando
el pago de impuestos de la mercadería desaduanada.
Con el propósito de cumplir con las regulaciones establecidas
es conveniente que todo empresario contacte y/o contrate los servicios
de un Agente Aduanal, para que le asesoren o provean los servicios
relacionados a la actividad de Importar.
Es importante tomar en cuenta que los productos que no son originarios
de Centroamérica están sujetos al pago de derechos
arancelarios acorde al tipo de productos que se trate, asimismo,
los embarques deben acompañarse de la correspondiente factura
comercial, lista de empaque, certificado de origen y de tratarse
de productos agrícolas frescos del certificado fitosanitario
correspondiente. Además que los productos están sujetos
al pago del Impuesto al Valor Agregado IVA.
Empresas de embarque, flete y seguro etc.
 
6. Productos de Importación restringida
y prohibida
Es importante conocer aquellos productos que previo su ingreso
al territorio guatemalteco deben cumplir con diversos requisitos
no arancelarios, cuya importación es permitida siempre y
cuando se obtenga el registro y autorización de la autoridad
estatal competente, quedando siempre sujetos al procedimiento de
simplificación de las importaciones mediante el despacho
con verificación documental.
No se permite desalmacenar de las Aduanas la harina de trigo, el
azúcar y el cloruro de sodio (sal) sin el interesado no presenta
el análisis físico-químico practicado por el
Laboratorio Unificado de Control de Alimentos y Medicamentos (LUCAM)
de la Dirección General de Servicios de Salud
Debido a que existe una gran variedad de productos sujetos a restricciones
no arancelarias, es necesario que el importador se comunique al
Ministerio de Agricultura y Ganadería –MAGA- o bien
a la Dirección General de Servicios de Salud.
Entre estos productos se pueden mencionar los siguientes:
Animales vivos, plantas vivas, productos y subproductos de origen
vegetal, sal, productos químicos inorgánicos, elementos
químicos radioactivos, productos químicos orgánicos,
productos farmacéuticos para uso humano, pólvora y
explosivos, productos de uso casero para el control de plagas, madera
y muchos más.
 
7. Servicios e información general
para el importador
Es recomendable que todo importador esté familiarizado con
la información y el sistema establecido por la superintendencia
de Administración tributaria - SAT -, a través de
la Intendencia de Aduanas. A continuación se presentan los
86 links de acceso que esta dependencia tiene a disposición
del usuario relacionado con las importaciones:
Sistema Aduanero de Guatemala
Documentación y asistencia aduanera
Requisitos para Trámites Aduaneros
FUENTE: SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SAT,
INTENDENCIA DE ADUANAS
www.sat.gob.gt
 
8. Preguntas frecuentes sobre el registro de
importadores
¿Cómo me registro en el Registro de Importadores?
En la siguiente página puede usted ver el procedimiento
de registro al Registro de Importadores:
http://portal.sat.gob.gt/portal/content/view/4329/98/
Es importante observar que antes de llenar el formulario SAT-0101
registro de importadores, verifique que los datos de su domicilio
fiscal que se le muestran sean correctos; si necesitaran ser actualizados
deberá hacerlo a través del formulario SAT-13 en oficinas
y agencias tributarias o formulario SAT-19 (cuando esté disponible
en BANCASAT); esto evitará discrepancias al momento de la
confirmación de su domicilio que no permitirá registrarlo
como importador.
¿Qué es BancaSAT?
Es el sistema de presentación y pago de declaraciones por
Internet que la SAT implementó en agosto de 2001, para más
información sobre el mismo visite www.sat.gob.gt/bancasat
¿Cómo me inscribo en BancaSAT? ¿Dónde
encuentro el contrato de adhesión?
El procedimiento para adherirse a BancaSAT lo puede ver en la
siguiente página: http://portal.sat.gob.gt/portal/content/category/3/17/31/
El contrato de adhesión lo encontrará en el sitio
de cada banco.
¿Qué bancos brindan el servicio de BancaSAT? ¿Cómo
encuentro el banco en Internet?
En la siguiente página encuentra el listado de los bancos
que cuentan con BancaSAT, los que indican que cuentan con BancaSAT
5 son los que le pueden brindar el servicio de inscripción
al Registro de Importadores.
http://portal.sat.gob.gt/portal/content/view/17/31/
¿Cómo obtengo el formulario SAT-101 para la inscripción
al Registro de Importadores? ¿Dónde lleno el formulario
SAT-0901 para confirmar mi dirección?
Ambos son formularios electrónicos que se llenan en Internet.
Los encuentra en el servicio de AsisteWEB que le brinda el banco
con el que tiene su contrato de BancaSAT, para el formulario SAT-101
se requiere que el banco esté certificado para BancaSAT 5
Etapa 1 (Ver listado de bancos mencionado en la pregunta anterior.)
¿Cómo confirmo mi dirección?
Si usted salió en el selectivo y aleatorio de confirmación
de domicilio fiscal dentro de los cinco días hábiles
después de transmitir el formulario SAT-101, recibirá
por correo certificado una firma electrónica que deberá
ingresar al día hábil siguiente de recibido al formulario
electrónico SAT-0901 disponible en BANCASAT (vía AsisteWEB)
para darse de alta al registro de importadores y además tener
acceso a la consulta e-servicios.
Si en cinco días hábiles no recibe el correo certificado
con la firma electrónica y no aparece como activo en la consulta
e-servicios puede ser porque:
- No se encontró su dirección (Domicilio Fiscal)
- Se encontró la dirección, pero no pudo ser notificado,
porque usted no estaba ó la dirección le corresponde
a otra persona.
Puede intentar ingresar de nuevo su firma electrónica de
confirmación en el formulario SAT-0901.
¿Qué es la Consulta e-Servicios que se menciona?
¿Cómo ingreso a e-Servicios?
Para mayor información sobre la misma visite www.sat.gob.gt/eservicios
Para ingresar a la consulta si ya tiene su usuario y contraseña
ingresa a www.sat.gob.gt/aplicaciones
¿Cuándo es la fecha límite?
A partir del 1 de julio del 2003, según Acuerdo 368-2003
donde se modifico la fecha límite, cuando validen sus declaraciones
electrónicas sino esta registrado como importador no se les
dará firma electrónica (No podrán importar).
Más información
Para más información comuníquese al Call Center 1-801-00-72848.
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